Revisión y reclamación de la calificación final, ordinaria, extraordinaria o la decisión de promoción o titulación

NORMATIVA

Orden 186/2022, de 27 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. [2022/8985]

Orden 187/2022 de 27 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la evaluación en Bachillerato en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. [2022/8988]

RECLAMACIÓN

Las reclamaciones se presentarán de forma telemática, a través de la plataforma EDUCAMOSCLM o de manera presencial en la secretaría del centro dirigidas al director/a del centro.

El documento de revisión se obtendrá de la descarga del mismo al final de esta página (Anexo I Solicitud de reclamación calificación).

PROCEDIMIENTO GENERAL Y PLAZOS

  1. Comunicación de las decisiones finales: Publicación de los informes de evaluación en EDUCAMOSCLM.
  2. Aclaraciones sobre las decisiones adoptadas: El propio alumno o alumna, en el caso de que sea mayor de edad, los padres, madres, o quien ejerza la tutela legal, si este fuera menor, podrán solicitar de profesores, profesoras, tutores y tutoras cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de las valoraciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones o decisiones finales que se adopten como resultado del proceso de evaluación.
  3. Revisión de las decisiones adoptadas: En el supuesto de que, tras las oportunas aclaraciones, exista desacuerdo con la calificación final obtenida en una materia o con la decisión de titulación adoptada para un alumno o alumna, este o esta, si es mayor de edad o sus padres, madres, tutores o tutoras legales podrán solicitar, por escrito, la revisión de dicha calificación o decisión, ante el director o directora del centro, en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo su comunicación. La reclamación contendrá las alegaciones que justifiquen la disconformidad con la calificación final, ordinaria, extraordinaria o con la decisión adoptada de promoción o de titulación.
  4. Respuesta del centro educativo: Resolución de la solicitud de revisión, de dos a cuatro días hábiles.
  5. Desacuerdo con la resolución: un recurso de alzada ante la Delegación Provincial competente en materia de Educación, en el plazo de un mes a partir de su recepción.
Documentación de interés: 
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PDF icon Anexo I Solicitud de reclamación calificación105.41 KB
Última modificación: 06/06/2023 - 11:02